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1 de Abril de 2020

Presidente Piñera promulgó la Ley de Protección al Empleo para proteger a las familias chilenas

El Gobierno está enfrentando con energía y decisión la emergencia sanitaria. Para eso ha debido restringir la movilidad de los ciudadanos y dicha medida ha afectado el funcionamiento de múltiples actividades productivas, pero es por un bien mayor: la salud de los chilenos.

La atomización de la actividad económica redundará en el trabajo y en los índices de desempleo, es por eso que nuestras autoridades se han preocupado para que el impacto en las familias sea el menor posible.

Para velar por la estabilidad de la población del país, el Presidente Sebastián Piñera promulgó la Ley de Protección del Empleo, una iniciativa que ayer fue aprobada por el Congreso Nacional y que entrará en régimen durante los próximos días.

Dicha Ley establece medidas extraordinarias y de carácter transitorio para proteger los empleos y remuneraciones de los trabajadores del país, especialmente de aquellos que no pueden presentarse en sus lugares de trabajo, producto de las medidas que ha establecido la autoridad sanitaria como cuarentena y cordones sanitarios, entre otras.

Según explicó el jefe de Estado, “la normativa legal contempla queeste beneficio se haga de forma retroactiva desde la declaración de catástrofe, el 18 de marzo pasado”.

“Nos hemos preocupado de proteger los ingresos de los trabajadores y superar a las pymes en este tránsito. Este mes de abril va a ser probablemente el más difícil con el coronavirus, por eso, hoy más que nunca necesitamos unidad“, agregó el Presidente.

Medidas concretas

La normativa establece que los trabajadores podrán acceder a prestaciones y complementos en sus remuneraciones, sin perder sus empleos, con cargo al Seguro de Cesantía cuando exista una de los siguientes casos:

1) Suspensión del contrato de trabajo por acto de autoridad.

2) Pacto de suspensión del contrato de trabajo.

3) Pacto de reducción temporal de la jornada de trabajo.

Cuatro millones de posibles beneficiados

La Ley establece que en caso de que se suspenda el pago de las remuneraciones por parte de la empresa, el ingreso del trabajador pasaría a ser suplido en un 70% en el primer mes por su cuenta individual del Seguro de Cesantía. Luego, si se extendiera la declaración de catástrofe por parte de la autoridad más de 30 días, los montos serán de 55% y de 45% para los meses siguientes.

La ley permitirá también la reducción de la jornada laboral en hasta 50%, compensando parte de la disminución de la remuneración de los trabajadores con recursos del Seguro de Cesantía; la suspensión de las relaciones laborales a las trabajadoras de casa particular, accediendo al beneficio de la indemnización a todo evento y prohibirá durante seis meses, o mientras exista el Estado de Catástrofe, las desvinculaciones por fuerza mayor que invoquen a la pandemia como razón.

La iniciativa podrá beneficiar a cerca de cuatro millones y medio de trabajadores asociados al Seguro de Desempleo, y el Fisco financiará hasta por dos mil millones de dólares el Fondo Solidario del Seguro de Cesantía, si es que llega a ser necesario.

Dirigentes Sociales

Como División de Organizaciones Sociales tenemos la misión de entregarles esta información, y los dirigentes sociales a su vez deben transmitirla entre los miembros de sus asociaciones. Es un instrumento legal concreto para proteger los empleos y remuneraciones de los trabajadores en estas circunstancias, y así, todos juntos -remando para el mismo lado- podremos salir adelante en estos complejos momentos.